Procedimiento de traslado de residuos. Tramitación electrónica

¿Preparado para el cambio?

A partir del 1 de septiembre será obligatorio la tramitación de los documentos de traslado de residuos con origen y/o destino en la Comunidad Autónoma que disponga de plataforma electrónica (Andalucía, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana…).

Si dicha Comunidad Autónoma no dispone aún de plataforma electrónica, habría que hacerlos a través de procedimiento electrónico habilitado por el MITERD, de acuerdo siempre al Real Decreto 533/2020.

En caso de que quieran que realicemos dicha documentación en su nombre, necesitamos su autorización electrónica (apoderamiento electrónico) para poder realizar las Notificaciones de Traslado correspondientes.

¿Cómo puedo hacerlo? 

Mediante la Representación Acreditada en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA): Para ello es necesario que el poderdante (productor) acceda a la plataforma del REA, con su certificado digital, y dé poder al apoderado (FCC Ámbito) para representar en su nombre. 

El apoderado será el representante y el poderdante será el representado. El Registro Electrónico de Apoderamiento de la Administración General del Estado es un registro electrónico de apoderamientos «apud acta», para hacer constar y gestionar las representaciones que los interesados otorgan a un representante, con el fin de que éste pueda actuar ante las Administraciones Públicas.

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